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La Junta dota con 15 millones el fondo local de participación de impuestos

La Junta de Castilla y León mantiene este año el incremento del 25 por ciento en el fondo de participación de impuestos para las entidades locales, dedicando así más de 15 millones de euros que las administraciones más ligadas al territorio podrán destinar “a los fines que precisen” ya que tienen un carácter “incondicionado”.

Así lo explicó, en la rueda de prensa posterior a la celebración del Consejo de Gobierno, el portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, que señaló que el mantenimiento del incremento del 25 por ciento, que se enmarcó dentro de la recuperación tras la pandemia, se realiza “dadas las circunstancias de precaución” y al ser este compatible “con algunas de las ayudas de 50 millones de euros de fondos para las corporaciones locales y con el fondo extraordinario de 20 millones aprobado” como parte del Plan Anticrisis anunciado hace dos semanas.

En todo caso, estas cuantías correspondientes a las entidades locales demuestran, según Carriedo, “el compromiso claro con el mundo local” de la Junta de Castilla y León, al dirigirse a todos los ayuntamientos de la Comunidad así como a las Diputaciones provinciales. “Castilla y León es una comunidad claramente municipalista y con un compromiso claro con el mundo local”, concluyó.

El modelo de financiación incondicionada aprobado hoy se lleva a cabo mediante el Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León, y se dota cada año con una cantidad equivalente al 20 por ciento de la recaudación de los impuestos propios del último ejercicio cerrado a la fecha de elaboración de los presupuestos de la Comunidad, que permite a la Junta mantener el incremento del 25 por ciento para las entidades locales que se produjo en el pasado ejercicio.

La transferencia de la cuantía que corresponde a cada entidad se librará directamente por la Consejería de la Presidencia mediante dos sistemas: de una sola vez en el primer cuatrimestre del año para los municipios con población igual o inferior a 1.000 habitantes, y por terceras partes antes de finalizar cada cuatrimestre, para las provincias y el resto de los municipios.

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