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La diputada Susana Sumelzo junto a Pedro Sánchez

Susana Sumelzo recurre la multa del PSOE por su "no" a Rajoy

La diputada socialista Susana Sumelzo, sancionada con 600 euros por su «no» a Rajoy en la sesión de investidura, ha recurrido la multa acogiéndose a la Constitución Española.
Además de la multa, Sumelzo fue relevada como coordinadora del grupo de parlamentarios aragoneses en Madrid, y fue sustituida por el diputado por Zaragoza, Oscar Galeano.
Según el recurso al que ha tenido acceso INTERECONOMÍA.COM, Sumelzo alega que es una «sanción improcedente» basándose en que los miembros de las Cortes «no estarán ligados por mandato imperativo», tal y como recoge el artículo 67.2 de la Constitución Española. También esgrime el artículo 71, que reza: «Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones»; y al artículo 79.3: «El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable«.

El recurso de Sumelzo contra el PSOE
El recurso de Sumelzo contra la sanción impuesta por el PSOE

A juicio de la diputada del PSOE, la sanción le deja «en situación de indefensión«, más cuando la multa se deriva de un informe del presidente de la comisión de disciplina al que no ha tenido acceso Sumelzo, quien no ha podido hacer las oportunas alegaciones u observaciones al respecto.
Asimismo, ha considerado que la sanción «no responde a ninguna de las alegaciones presentadas» y que con esta conducta se incumple el reglamento interno del PSOE, que en su artículo 32 señala: «Todos los miembros del Grupo Parlamentario Socialista tendrán acceso a la documentación que personalmente le afecte».

Sumelzo cree que el PSOE le deja en situación de indefensión

Además, se habría incumplido también otro artículo del reglamento del PSOE, en este caso el 33, ya que el código interno establece la posibilidad de «la libertad de voto por razones de conciencia, una vez escuchadas las razones del parlamentario«. En su alegato enviado al PSOE antes de la sanción, Sumelzo expresó las razones excepcionales que justificaban su «no» a Rajoy, ya que en caso contrario implicaba «apartarme de lo comprometido con los electores» en las dos últimas campañas. Así, ha considerado que se le ha negado este derecho.
El PSOE le respondió que la decisión de la abstención se aprobó en el Comité Federal, y no en el Congreso, por lo que entiende que no debía ser sancionada, ya que el reglamento interno no contempla sanción alguna por la indisciplina de voto en caso de que la decisión se haya adoptado por el Comité Federal. De hecho, se defiende asegurando que la sanción solo podría ser promovida de romper esta disciplina si la decisión se hubiera adoptado por el PSOE en el Congreso de los Diputados.

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