Los tres meses de gracia dados por el Gobierno de Mariano Rajoy a la banca en el decreto de devolución de las cláusulas suelo solo ha servido para que las entidades financieras ganaran tiempo.
Tras concluir este período, donde el consumidor no podía emprender acciones contra los bancos para tratar de restituir el dinero cobrado de más, el Consejo de Ministros aprobará este viernes la comisión de seguimiento, control y evaluación, una medida a posteriori que no frenará la avalancha judicial que se espera debido a que la banca se ha negado a devolver el dinero en numerosos casos.
La creación de la comisión de seguimiento estaba prevista en el decreto aprobado el pasado 20 de enero, donde se acordó el sistema extrajudicial para que la banca devolviera el dinero cobrado de más a los consumidores. El plazo de tres meses dado a partir del 20 de enero expiró el pasado 20 de abril y un mes más tarde el Gobierno da luz verde a esta comisión. Mientras tanto, los consumidores afectados por las cláusulas abusivas no podrían reclamar por la vía judicial, ya que la banca no podría ser condenada en costas.
Numerosas asociaciones de consumidores, abogados y partidos de la oposición alertaron de que el decreto, pese a titular «en defensa de los consumidores» es de facto una medida para proteger a la banca. De hecho, se denunciaba la falta de información por parte de la banca a los afectados sobre el cálculo del importe a devolver, o que una vez devuelto el dinero, la banca realiza un cargo a ese mismo consumidor en concepto de “amortización anticipada del préstamo”, y sin embargo no han sido informados previamente e ignoran la procedencia de ingresos, cargos y ajustes, recalcan desde esta organización de consumidores.
Asimismo, pese a cobrar de más, la banca realiza llamadas telefónicas al cliente afectado para proponer ofertas y tomar decisiones rápidamente sin poder analizarlas. Estas ofertas se mandan también por escrito, pero sin detallar los importes a devolver, por lo que su análisis por parte del consumidor se hace complicado.
La banca tampoco ha facilitado el cuadro de amortización del préstamo con cláusula suelo y el que hubiera correspondido si ésta no se hubiera aplicado. Sin este documento no se podría verificar si el cálculo es correcto, o bien que se rechazan reclamaciones por no realizarse con el formulario facilitado por las entidades financieras, pese a que el decreto ley no estipula un modelo genérico o concreto para hacerlo. Además, si se ha acudido a la justicia, se rechaza la reclamación directamente.


