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Francisco González, expresidente del BBVA y actual presidente de honor y de su fundación. / EFE

Cómo reclamar las cláusulas suelo abusivas

Las cláusulas suelo han sido anuladas en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, consideradas ahora abusivas. Esta es una guía para que los hipotecados puedan reclamar.
No se trata de un caso de falta de información, sino que aún siendo legales en el momento del contrato ahora se anulan, por lo que la banca tendrá que devolver los 4.000 millones de euros.
No obstante, algunas entidades financieras ya han mostrado su reticencia a la hora de pagar sin arbitraje alguno y sin sentencia condenatoria, como ya ha asegurado el Banco Sabadell.
De esta forma, los hipotecados podrán beneficiarse ahora de toda la bajada del Euríbor, el indicador usado por el 90% de los hipotecados para calcular los intereses de las hipotecas, junto a los intereses que legalmente pudieran corresponder.
El fallo de la Justicia Europea es muy importante, ya que anula la sentencia del Supremo de mayo de 2013, y permite la reclamación desde la firma del contrato, aunque solo afecta desde 2009, año en el que el Euríbor bajó a niveles inferiores a los referenciados en las cláusulas suelo, entre el 2% y el 3%, en la mayoría de casos.
En 2013, la banca anuló las cláusulas suelo y devolvió parte del dinero cobrado de más. Los afectados, por su parte, querían también la devolución del dinero pagado de más pero desde 2009. Es decir, aplicar la retroactividad desde la firma del contrato.
Ahora la banca se ha mostrado reticente a devolver el dinero, pero ya ha provisionado cerca de 1.400 millones, por lo que faltarían otros 2.000 millones adicionales.
De esta forma, los hipotecados tendrán que comprobar si en sus contratos existen cláusulas suelo o bien el banco les ha devuelto ya dinero por este concepto. En este caso, se podrá reclamar el resto del dinero.
En los contratos hipotecarios estás cláusulas abusivas se disfrazaron de «limitación a la variabilidad del tipo de interés» o bien que «el tipo de interés nunca será inferior a…», según la asociación Adicae.
La banca se ha acogido a una lectura estricta de la sentencia de Bruselas, y no obliga a devolver de oficio el dinero. No obstante, sí advierte que estas cláusulas son nulas, por lo que habrá que pedirlas a instancias judiciales si el banco se niega a abonarlas.
Para reclamarlo tan solo hay que usar la reclamación habitual hasta ahora, pero modificando la fecha. Es decir, en vez de 2013 tendrá que poner desde la firma del contrato o bien desde el momento en el que el Euríbor cayó por debajo de los niveles aceptados en el contrato, es decir, sobre 2008-2009.
PSOE y ERC han exigido ya a la banca y a los usuarios que traten el asunto en un arbitraje extrajudicial, aunque esto no pondría impedimento para reclamar el dinero al banco por la vía judicial.
Asimismo, quienes alcanzaron un acuerdo con el banco para la devolución del dinero desde después de mayo de 2013 también pueden sumarse a una demanda para que el banco les dé el dinero cobrado de más desde 2009, ya que la sentencia del Supremo ha pasado a ser papel mojado.

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