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Aviones de Ryanair

Los afectados por la huelga en Ryanair podrán reclamar en 2018, pese a las excusas

La huelga convocada en Ryanair para los días 25 y 26 de julio dejará al menos 400 vuelos cancelados solo en España. La aerolínea pondrá una infinidad de excusas a los viajeros afectados, quienes podrán reclamar este mismo año no solo indemnizaciones, sino daños morales, entre otros.

Así lo ha expuesto el despacho Sanahuja Abogados. En su argumentación, ha indicado que la huelga en Ryanair, así como en el resto de aerolíneas afectadas por paros de los trabajadores, pilotos o personal de tierra, ha sido convocada con suficiente antelación, pulverizando así la excusa más repetida en las aerolíneas en los últimos tiempos: ha sido sorpresiva.

«El hecho de que se hayan anunciado las huelgas con antelación pone en jaque a las compañías aéreas, pues dichas huelgas no se podrán presentar ante el juez como sorpresivas o inesperadas para justificar la imposibilidad de evitar las cancelaciones y retrasos», ha apuntado el despacho de abogados.

Los afectados por estos paros tendrán que guardar el billete, toda la comunicación realizada con la aerolínea en relación al retraso o cancelación del vuelo y todas las facturas y documentos acreditativos de los costes extra

Las huelgas de personal de las compañías aéreas, controladores aéreos o personal de seguridad del aeropuerto se han convertido en la tónica de los últimos veranos, donde los aeropuertos están al límite de su capacidad debido a la llegada y salida de viajeros y turistas.

La petición de indemnizaciones podrán reclamarse en los tribunales

Si bien es cierto que la contingencia de huelga se establece inicialmente como una circunstancia extraordinaria en el Reglamento (CE) Nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, la jurisprudencia europea ha matizado su carácter extraordinario. Así, y a pesar de que de entrada la compañía se cubrirá las espaldas ante la reclamación de indemnización por una cancelación o retraso de un vuelo con dicha excusa, hay casos que son reclamables judicialmente.

Así pues, el hecho de que se anuncien las huelgas con antelación, tal y como ha sucedido este verano de 2018, pone en jaque a las compañías aéreas, pues dichas huelgas no se podrán presentar ante el juez como sorpresivas o inesperadas, por lo que deberán demostrar con mayor ahínco el esfuerzo realizado y la imposibilidad de evitar las cancelaciones y retrasos.

“Lo más importante es que los perjudicados por las cancelaciones y retrasos aéreos guarden el billete, las comunicaciones de la compañía en relación al retraso o cancelación y todos los documentos acreditativos de los costes extras”, ha considerado Estel Romero, abogada de Sanahuja Miranda.

En este sentido, la SAP de Barcelona, Sec. 15, 161/15, de 18 de junio de 2015 determinó que las huelgas que no guarden relación alguna con las capacidades de organización interna de la compañía aérea son susceptibles de reclamación. Dicha doctrina tiene origen en la STJCE de 22 de diciembre de 2008, la cual interpretó el Art. 5.3 del Reglamento estableciendo que:

– El legislador comunitario no exonera de indemnizar al pasajero con cualquier circunstancia extraordinaria, sino únicamente cuando concurran circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque se hubieran adoptado todas las medidas razonables.

– De ello se deduce que no todas las circunstancias extraordinarias tienen carácter exoneratorio.

– Corresponderá a quien invoque las circunstancias extraordinarias (la compañía aérea), el demostrar que le ha sido imposible evitarlas, así como que ha utilizado todos los medios personales, materiales y financieros para prevenir las cancelaciones y retrasos.

Por tanto, no sólo se tendrá derecho a la indemnización establecida en el Art. 7 del Reglamento, sino que también se podrán pedir, dependiendo del caso, el reembolso del vuelo cancelado o los costes que la cancelación o retraso haya supuesto para el pasajero, e incluso, los daños morales que puedan devengarse si se pierde, por ejemplo, un evento familiar, un evento laboral, una conexión aérea, etc.

Operará 630 vuelos con destino u origen en España, el 76% del total

Madrid, 24 jul (EFE).- Ryanair operará el miércoles y el jueves cerca de 630 vuelos diarios hacia o desde España, el 76% de los que tenía programados inicialmente, debido a las cancelaciones que anunció con motivo de la huelga convocada por los tripulantes de cabina para los días 25 y 26 de julio.

Para estos dos días, la aerolínea irlandesa tenía previsto operar 830 vuelos diarios hacia o desde España, recuerdan desde Ryanair, que ha suspendido cerca de 200 rutas diarias para el miércoles y el jueves a fin de minimizar el impacto de la huelga y que ya ha reubicado al 90 % de los afectados.

En el caso de Portugal, la compañía operará previsiblemente el 73% de los vuelos programados y el 69 % hacia o desde Bélgica. En Europa, la aerolínea de bajo coste avanzó que iba a operar cerca de 2.100 vuelos diarios después de cancelar hasta 300 rutas por la huelga de tripulantes de cabina. En toda la red de Aena están programados para mañana un total de 6.310 vuelos.

Por el momento, los sindicatos de tripulantes de cabina USO y Sitcpla siguen dispuestos a llegar a un acuerdo con Ryanair y sostienen que intentarán «hasta el último minuto» que la aerolínea irlandesa aplique en sus contratos la legislación española.

En una nueva reunión ante la Dirección General de Trabajo a las puertas de la primera huelga en Ryanair en España, que coincide en plenas vacaciones de verano, los sindicatos esperan que la compañía reconsidere su postura, aunque reconocen que en los últimos días no han tenido contacto con ella.

Los pasajeros afectados por la huelga tienen derecho a compensaciones de entre 250 y 600 euros, a asistencia y al transporte alternativo hasta su destino, según ha recordado hoy el Ministerio de Fomento, que contará con inspectores de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en los aeropuertos para velar por que la aerolínea los cumpla.

Además de las compensaciones económicas, los pasajeros tienen derecho a información y de asistencia y, en caso de cancelación, el viajero también puede elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo hasta el destino final lo más rápidamente posible.

En caso de retrasos de dos o más horas en la salida del vuelo, los pasajeros tienen derecho a información y a asistencia, aunque la demora está condicionada a una serie de límites temporales en función de la distancia del vuelo. 

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