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Banco Popular tendrá que devolver a un particular 17.851 euros por la ampliación de 2016

Los inversores particulares continúan librando la batalla judicial contra Banco Popular por la ampliación de capital de junio de 2016. La entidad financiera no reflejaba su imagen fiel en las cuentas, según un juzgado malagueño. 

La defensa del denunciante, llevada a cabo por Lean Abogados, ha asegurado que se trata de su primera sentencia favorable por la última ampliación de capital de Banco Popular. El juzgado ha declarado nula la compra de acciones en la ampliación realizada hace casi dos años y ha condenado en costas a la entidad financiera. De hecho, es la primera sentencia en Málaga sobre este asunto.

«Los fundamentos esgrimidos en la resolución se centran principalmente en que la información facilitada por el Banco Popular en los folletos de emisión de su ampliación de capital no se ajustaba a la realidad», según han explicado desde el despacho. «Los estados financieros y contables de la entidad no eran correctos porque presentaban una imagen de solvencia y fortaleza equivocada que fue clave para generar confianza en demandante y para crear en él una representación errónea de la rentabilidad de su inversión», han considerado.

De esta forma, la magistrada del juzgado da por probado que las cuentas anuales de 2016 de Banco Popular tuvieron que ser posteriormente corregidas y que esta necesidad de modificar las cuentas anuales es claramente reveladora del incumplimiento del deber de información de la entidad hacia sus potenciales accionistas.

En este sentido, ha indicado que «muy poco después» se conocía la situación que condujo a la intervención del banco y a su venta a otra entidad por un euro. No obstante, cabe recordar que la resolución de Banco Popular está también en manos de los tribunales.

En la denuncia se dejaba constancia de que Banco Popular ocultó información, más cuando el equipo de Emilio Saracho reformuló las cuentas sin llegar a confeccionar unas nuevas.

Los accionistas habrían recibido información falsa de la propia entidad, al asegurar que las cuentas estaban saneadas y que se preveía una evolución positiva de sus resultados

No obstante, las pérdidas, según el Popular, se debieron a la resolución de la entidad financiera. La magistrada se ha basado en el caso Bankia sobre su salida a Bolsa, ya que a su juicio la imagen dada por la empresa «no era la real, de modo que la confianza con que la demandante adquirió acciones de una entidad que se afirmaba solvente no respondía a la realidad económica de la misma».

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