Carmena regulariza a los okupas de viviendas municipales si pagan los atrasos

Noticias 13/09/2016

El Ayuntamiento de Madrid, dirigido por Manuela Carmena, regularizará a las personas que vivan en una vivienda municipal propiedad de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) y lo hará con la condicición de haber «okupado» la vivienda un año antes de enero de 2016, según informa la entidad en una nota de prensa. A cambio de la regularización, los okupas tendrán que abonar las rentas atrasadas hasta un máximo de 5 años.

La EMVS ha aprobado este martes los criterios para regularizar los contratos a aquellas personas que han ocupado «sin título jurídico suficiente» una vivienda pública con anterioridad al 1 de enero de 2016.

Para optar a un contrato legal, las familias tendrán que comprometerse a abonar las rentas de alquiler y cuotas atrasadas de comunidad desde la fecha de la ocupación hasta un máximo de 5 años.

A partir del momento en que la medida entre en vigor, los interesados tendrán un plazo de seis meses para pedir la regularización.

Entre los requisitos para obtener esa solicitud se encuentra el de «haber ocupado de forma ininterrumpida por un plazo no inferior a un año la vivienda como domicilio personal o familiar con anterioridad al 1 de enero de 2016«.

Además, tendrán que acreditar mediante un informe emitido por la Dirección de Servicios Sociales y Patrimonio de la EMVS que cumplen con las normas de la comunidad y usan con corrección las instalaciones comunes.

En caso de dificultades económicas por parte del ocupante para abonar en un solo pago las rentas adeudadas, la EMVS facilitará el pago, para lo que fraccionará las deudas que podrá ir pagando junto con el coste del nuevo contrato de arrendamiento.

Según indica el Ayuntamiento en el comunicado, no podrán acceder a la regularización quienes hayan pertenecido a organizaciones que, ilícitamente, se lucran de ventas o traspasos de viviendas públicas.

Tampoco se permitirá entrar en el proceso a quienes no demuestren que la vivienda es el domicilio permanente o a quienes hayan sido condenados judicialmente por conflictos vecinales.

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