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Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat

El Constitucional suspende cautelarmente las partidas del presupuesto catalán para el referéndum

El Tribunal Constitucional ha suspendido provisionalmente las partidas de los presupuestos catalanes relativas a procesos y consultas populares y procesos de participación ciudadana, contra las que presentó el Gobierno un recurso de inconstitucionalidad.

En la misma resolución en la que admite y suspende provisionalmente esas partidas, el TC advierte a Puigdemont y a los miembros de su gobierno de que deben obedecer su decisión, tal y como pedía el Gobierno central en su recurso.

El Gobierno presentó el pasado viernes un recurso ante el Tribunal Constitucional contra las partidas de los presupuestos catalanes relativas a procesos y consultas populares y procesos de participación ciudadana.

El texto del recurso pide, además de la suspensión de las partidas citadas, que se aperciba al presidente catalán, Carles Puigdemont, y a todo su gobierno, invocando el artículo 87 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Ese artículo establece la obligatoriedad de las resoluciones del TC y el deber de los jueces ordinarios para que así suceda.

En cuanto a la suspensión, es una medida cautelar que se mantendrá mientras el alto tribunal estudia el fondo del asunto y que se produce automáticamente con la admisión del recurso, dado que así lo recoge la Constitución.

De hecho, ni la admisión a trámite, ni la suspensión cautelar, que en principio se mantendrá durante cinco meses, determinan cuál será el sentido del fallo sobre el fondo del asunto.

 

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