El Tribunal Supremo no ha admitido los recursos extraordinarios interpuestos por Bankpime y declara firme la condena a devolver 2,2 millones de euros a 31 inversores que contrataron participaciones preferentes emitidas por Lehman Brothers y bancos islandeses.
De esta forma, el Alto Tribunal corrobora la sentencia dictada en 2015 por la Audiencia Provincial. En su auto, con fecha del pasado 13 de septiembre, el alto tribunal asegura que no procede ni el recurso de casación ni el recurso extraordinario por infracción procesal.
La condena interpuesta por la Audiencia de Barcelona, y que ahora es firme, obliga a Bankpime a devolver 2,2 millones de euros a un total de 31 inversores que contrataron a través de esa entidad participaciones preferentes emitidas por Lehman Brothers, el banco presidido por Luis de Guindos, actual ministro de Economía, y por los bancos islandeses Landsbanki y Kaupthing.
Los despachos de abogados Jausas y Zunzunegui Abogados han dado a conocer hoy la decisión del Supremo y han precisado que los clientes, que optaron por defenderse conjuntamente, habían invertido un mínimo de 18.322 y un máximo de 269.940 euros en estos productos de alto riesgo. El Supremo asegura que el banco «no informó en ningún caso del carácter complejo de los productos, su verdadera naturaleza y los riesgos«.
Así, afirma que la sentencia de la Audiencia es «plenamente coherente con la última doctrina de esta Sala relativa a la contratación de productos bancarios complejos que vienen exigiendo un elevado estándar de diligencia a las entidades bancarias, máxime cuando los clientes, como ocurre en el presente caso, tienen la consideración de minoristas y no consta que tuvieran una específica formación financiera, ni una especial experiencia inversora».
