BBVA ha sido condenado por una hipoteca multidivisa de 235.000 euros heredada de Caixa Catalunya. El juez anula parcialmente el contrato y obliga a recalcular los importes, así como los intereses, íntegramente en euros.
El fallo del Juzgado de primera Instancia 58 de Madrid nombra a BBVA en su fallo y declara la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario en divisas con fecha 3 de abril de 2008 en francos suizos y exige la que el contrato se recalcule como si se hubiera firmado en euros. «Se condena a la entidad demandada a recalcular el cuadro de amortización con la cantidad prestada en euros y aplicando el tipo de interés pactado en la escritura más el diferencial estipulado y referenciado a Euribor», afirma el fallo.
«Tras el cálculo anterior, se condena a la entidad demandada a tener en cuenta los pagos realizados hasta la fecha de la presente resolución , y en la parte que excedan de las cuotas comprensivas de capital e intereses que correspondería con arreglo al nuevo cuadro de amortización, más los intereses legales desde la respectiva fecha de pago, dicho importe sea objeto de restitución para (la parte demandante) y en el caso de que en alguna cuota la cantidad pagada por el cliente sea inferior a la determinada en euros, la diferencia, más los intereses legales desde la respectiva fecha de pago, sea satisfecha por el cliente». «En cuanto a las costas, se imponen a la parte demandada», reza el fallo. El BBVA tiene 20 días para recurrir esta sentencia, fechada a finales de junio de este año.
El afectado había demandado al BBVA a través de Asufin porque las cuotas de su hipoteca no paraban de crecer. Esta víctima de las hipotecas multidivisa asegura que fue la la directora de la sucursal quien le recomendó el producto por el “gran ahorro” que suponía en comparación con la hipoteca que ya tenía contratada con otra entidad. En consecuencia, firma su préstamo el 3/04/2008 por un importe de 235.000 euros referenciados a francos suizos.
La víctima del BBVA, un funcionario de las Fuerzas de Seguridad del Estado
Dicha contratación fue muy breve. Tan solo hubo una reunión donde la directora eligió la divisa y se trasladó posteriormente la documentación para la firma ante notario, según la asociación, que subraya que «jamás se le mostró simulación alguna sobre el cambio de divisas; aspecto muy importante ya que por su profesión, funcionario de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, carecía totalmente de conocimientos financieros».
En consecuencia, en 2015 su cuota, que no había parado de crecer, se dispara a 3.000 euros. Entonces acude a la entidad a pedir explicaciones y se da cuenta de lo que ha contratado en realidad. «Durante la vida del préstamo no se realizó ningún cambio de divisa», señala.
La entidad no pudo acreditar que el afectado tuviera conocimientos específicos y cualificado en material de divisas. Incluso la testigo propuesta por la entidad no pudo recordar siquiera si había sido ella quien realizó la operación. Por tanto, se concluye que el banco incumplió la obligación de comportarse con diligencia y transparencia con su cliente en cuanto a los riesgos de esta hipoteca.
Se condena a la entidad demandada a recalcular el cuadro de amortización con la cantidad prestada en euros. De este modo, se aplicará el tipo de interés pactado en la escritura más el diferencial estipulado y referenciado a Euribor. El banco deberá tener en cuenta los pagos realizados hasta la fecha, y abonará los intereses legales correspondientes.


