BBVA, condenado a devolver 182.500 euros por las subordinadas de Eroski

Empresas 13/12/2016

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a BBVA, por lo que la entidad financiera presidida por Francisco González tendrá que devolver 182.500 euros de una emisión de Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS) de Eroski.
Según la sentencia, hubo error de vicio en el consentimiento y BBVA no informó adecuadamente sobre la naturaleza compleja del producto.
De este modo el Tribunal Supremo atiende un recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, que en junio de este año decretó que el banco no tenía que devolver las cantidades invertidas, en contra de lo acordado anteriormente por un juzgado mercantil de Bilbao.
En una sentencia fechada el pasado 1 de diciembre a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo ha decidido la nulidad de las órdenes de compra de 1.200 aportaciones financieras por parte de BBVA y la devolución de los importes invertidos, 182.500 euros, más los intereses, gastos y comisiones imputados.
En su escrito, el Supremo aclara que aunque las subordinadas de Eroski se adquirieron en 2004 y 2007, el demandante no tuvo conocimiento hasta el 31 de enero de 2013 de la verdadera naturaleza del producto que había adquirido.
Fue entonces cuando Eroski, como consecuencia de la crisis económica, no pudo abonar el pago de los cupones. Aunque la comercialización de estas aportaciones financieras subordinadas fue anterior a que se traspusiera en España la directiva MiFID de productos y servicios financieros, ya en aquel momento existía una normativa que imponía en la venta de productos complejos «unos especiales deberes de información«, que no se cumplieron en el presente caso.
BBVA reconoció que estas subordinadas «eran equivalentes a participaciones preferentes«, añade la sentencia, que recuerda que corresponde al banco «acreditar el cumplimiento de los deberes de información«, algo que no ha podido acreditar la entidad financiera presidida por Francisco González, según ha afirmado el Tribunal Supremo en la ratificación de la sentencia.

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