Deliveroo, obligada a dar de alta a los ‘riders’ y pagar 1,3 millones a la Seguridad Social

Empresas 03/07/2018

La economía digital hace aguas en España. Los repartidores de Deliveroo tendrán que tener su debida alta en la Seguridad Social y la empresa deberá abonar 1,3 millones de euros en concepto de cuotas impagadas por sus repartidores, que cotizarán por el régimen general.

Según la Inspección de Trabajo, los ‘riders’, como Deliveroo denomina a sus repartidores de comida, son falsos autónomos, tal y como había estipulado ya un juez en Valencia.

El Colectivo Ronda ha afirmado que la Inspección de Trabajo ha aprobado un acta en el que determina que la relación de los repartidores con la multinacional es de carácter laboral y no mercantil, como defiende la empresa.

Deliveroo impone los horarios y precios a los ‘riders’ por lo que no pueden ser considerados autónomos

En concreto, Inspección de Trabajo considera que Deliveroo impone a sus repartidores «de forma fraudulenta» la vinculación mercantil y les obliga a ser autónomos, aunque actúa como empresario al marcar condiciones en la prestación del servicio como los horarios y los períodos de descanso.

Según el Colectivo Ronda, el acta rechaza también el nuevo contrato que Deliveroo ofrece a sus repartidores desde este mes de julio, que abre la puerta a un reconocimiento como TRADE (Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente), por mantener la relación mercantil.

La empresa Deliveroo organiza de «forma exclusiva» la prestación del servicio

Inspección de Trabajo ve acreditado que es la empresa «la que organiza de forma exclusiva y en su totalidad la prestación del servicio de reparto de comida«, al mismo tiempo que «controla la efectiva prestación del servicio que prestan y que constituye su actividad empresarial».

Con ello, rechaza que los repartidores tengan una posibilidad real de actuar con la autonomía organizativa que es propia de los autónomos.

El abogado del Colectivo Ronda que colaboró en la presentación de la primera denuncia ante la Inspección de Trabajo, Natxo Parra, ha asegurado que el acta «recoge y avala punto por punto el contenido de nuestra denuncia».

El acta de Inspección de Trabajo en Barcelona va en la línea de otras decisiones tomadas en Valencia y Madrid, y de la primera sentencia que se ha emitido hasta ahora en España en relación con el conflicto entre la multinacional de reparto de comida y algunos «riders».

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