El sistema telemático de gestión para solicitar las ayudas para la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos -Plan Movalt Infraestructuras- se activa este martes 23, a las 10 horas y concluirá el 31 de diciembre (o hasta que se agote el presupuesto aprobado).
El acceso a la aplicación se hará a través de la sede electrónica del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), según consta en la página «web» de la entidad.
El Plan Movalt Infraestructuras, aprobado por el Consejo de Administración del IDAE el pasado 7 de noviembre de 2017, destina 15 millones de euros para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
Una vez registrada la solicitud de reserva del presupuesto, el solicitante dispondrá de un período de 180 días naturales para cargar en la aplicación informática del programa la documentación necesaria para confirmar la instalación del punto de carga.
Según ha destacado el IDAE, la inversión en infraestructura de recarga «incentiva» un mayor crecimiento del número de vehículos eléctricos en detrimento de los vehículos convencionales.
En ese sentido, ha estimado un ahorro unitario de 0,85 tep (tonelada equivalente de petróleo) al año por vehículo convencional sustituido de más de diez años.
¿Quiénes podrán ser beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesionales autónomos, las personas físicas mayores de edad residentes en España, las empresas privadas, y otros tipos de personas jurídicas con un Número de Identificación Fiscal (NIF) que comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
También podrán solicitarlas las entidades locales, las administraciones de las comunidades autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ambas.
Sin embargo, no podrán ser beneficiarios los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios cuyo epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas sea 615.1 o 654.1, según se especifica en el BOE.
Como requisito, se establece que el beneficiario de las ayudas deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento tanto de sus obligaciones tributarias como frente a la Seguridad Social en el momento de concesión, así como no tener pendiente obligación alguna por reintegro de ayudas con la Administración General del Estado y sus organismos y entidades públicas dependientes o vinculados.
La finalidad del Plan Movalt será, según lo establecido por el BOE, promover la adquisición de vehículos de energías alternativas, que incluyen coches eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL).
También se incluyen los vehículos propulsados por pila de combustible y las motocicletas eléctricas, lo que fomentará «la sostenibilidad en el sector del transporte, la disminución de las emisiones de CO2 y contaminantes y la mejora de calidad del aire, así como el ahorro y la diversificación de la energía en el sector del transporte y la consiguiente reducción de la dependencia del petróleo».
De esta manera, según se explica en el BOE, los vehículos de energías alternativas se pueden convertir en una «oportunidad» industrial para la implantación, desarrollo y fabricación de este tipo de coches y sus componentes asociados en España, y permitirá, además, posicionarse a la industria española de automoción en una «alternativa tecnológica clave para el futuro del sector».


