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Las familias numerosas denuncian las dificultades para acceder al Bono Social eléctrico

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha decidido prorrogar seis meses el plazo para solicitar el nuevo bono social eléctrico, con lo que los consumidores que disfrutan actualmente de sus ventajas tendrán hasta el mes de octubre para pedir su incorporación al mismo.
Según un comunicado del departamento que dirige Álvaro Nadal, los consumidores acogidos al anterior bono social mantendrán los descuentos en sus facturas durante este período adicional. En este sentido, la Asociación de Familias Numerosas de Madrid presentaba este lunes sendas reclamaciones ante el Ministerio de Industria y el Defensor del Pueblo por las dificultades que este colectivo, más de 640.000 familias en toda España, tiene de acceder al nuevo Bono Social.

María Menéndez de Zubillaga, presidenta en Madrid de este colectivo destaca que se sienten discriminados como colectivo porque  “cientos de familias cuentan que llevan desde noviembre-diciembre de 2017 intentando solicitar el nuevo Bono Social”. Y advierte la poca información que se ha ofrecido a los interesados sobre esta práctica concreta, según ha publicado Confilegal.

El nuevo bono social, aprobado en octubre del año pasado, establece descuentos en la factura eléctrica del 25% o del 40% de su importe en función del nivel de renta y las circunstancias personales del consumidor.

Para poder acogerse a estos beneficios, además de cumplir los requisitos de ingresos y personales, hay que presentar una solicitud a la empresa comercializadora por teléfono, fax, correo postal o electrónico, en la oficina de la compañía o a través de su página «web».

“El artículo 3.2 del  Real Decreto 897/2017 establece que para ser CONSUMIDOR VULNERABLE, y por lo tanto poder acceder al bono social, además de estar acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor, debe cumplir al menos  UNO de tres requisitos que se enumeran  a continuación Y uno de este tres requisitos es estar en posesión del Título de Familia Numerosa (artículo 3.2.b)“, añade Menéndez de Zubillaga.

“Vuelvo a llamar a la compañía y en esta ocasión la persona que me atiende comprueba que mi última solicitud es correcta, (he tenido que enviarlo varias veces desde diciembre que envié la primera) y me dice que ciertamente se ha rechazado la solicitud por razones de renta, pero que esto no debería tenerse en cuenta al ser familia numerosa, pues no es requisito”, considera y añade que “después, me explica que la compañía eléctrica solo media en la tramitación de la solicitud pero que es en el Ministerio de Industria donde se aprueba o no. Llamo a atención telefónica del Ministerio y allí me dicen que el bono social se ha denegado por tener un hijo mayor de edad porque entonces no pertenece a la unidad familiar”.

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