La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, CNMC, ha multado a Mediaset con 1.094.006 euros y 207.302 euros en dos expedientes por la emisión de contenidos audiovisuales que «pueden resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental y moral de los menores«.
Concretamente, se trata de una infracción de los artículos 7.2 y 7.6 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). El primer expediente agrupa hasta seis sanciones y se refiere a la emisión de contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad, y con una calificación por edades inadecuada, en los programas “Sálvame Naranja” y “Sálvame Limón” emitidos en la cadena Telecinco los días 8, 9 y 10 de enero de 2018.
El segundo expediente agrupa dos sanciones y se refiere a la emisión de contenidos inadecuados en el programa “Sálvame Naranja”, emitido en la cadena Telecinco el 9 de febrero de 2018. La CNMC había requerido previamente a Mediaset que adecuase la emisión de contenidos a la normativa audiovisual.
Sexo oral con un plátano en horario de máxima protección infantil
Según los hechos probados por la CNMC, se han incorporado grabaciones, así como del acta de visionado, y se considera acreditado que en horario de protección reforzada «se emitieron dos montajes en la pantalla del plató del programa “Sálvame Naranja” en los que se insinuaba que dos de las colaboradoras estaban practicando una simulación de sexo oral utilizando un plátano como símil de órgano sexual masculino». Se emitió el pasado 9 de febrero entre las 15:59:23
a 20:03:12 horas.
Sobre las 18:34:00, según la hora sobreimpresa en las grabaciones del programa, se emite un montaje de una colaborada en la pantalla gigante que
se sitúa en el plató. El montaje consiste en reproducir varias imágenes de ella comiendo un plátano, lo que hace el efecto de parecer que se lo está metiendo
y sacando de la boca. «Las imágenes se acompañan de sonidos que imitan una succión y gemidos de mujer».
Mediaset afirma que las imágenes fueron sutiles y solo apreciables por un adulto
Según Mediaset, «los contenidos emitidos no son susceptibles de perjudicar el desarrollo de los menores, porque un menor de doce años no podría advertir la
connotación sexual del breve montaje, muy indirecta y sutil, de forma que sólo resulta apreciable, en su caso, por un adulto; ni hacen al programa
merecedor de otra calificación, porque el montaje se clasificaría como “no recomendado para menores de 7 años”, que es la clasificación que atribuye
el Código de Autorregulación a la insinuación de actos sexuales cuya presencia o presentación sea no accesoria con connotación sexual». «En las imágenes no hay referencias directas, “explícitas ni detalladas” de carácter sexual.
La CNMC recuerda que contra esta Resolución Mediaset podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.


