Sánchez-Galán gana 1,45 millones y 510.596 acciones de Iberdrola

Empresas 21/07/2017

El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, obtuvo en el primer semestre de 2017 una retribución de 1,45 millones de euros, según ha comunicado la compañía en un hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). A esta retribución hay que añadir un variable de 3,18 millones

De los 1,45 millones de euros, 1,12 millones corresponden a la retribución fija por el desempeño de sus funciones ejecutivas y 328.000 euros al ejercicio de su cargo como presidente del consejo de administración durante la primera mitad del año.

Además, Sánchez Galán percibió el variable anual correspondiente a su desempeño en el ejercicio de 2016 por importe de 3,18 millones de euros.

En el primer semestre de 2017 Sánchez Galán recibió la primera liquidación del bono estratégico 2014-2016, por el que se le han entregado 510.596 acciones de la compañía. El pasado 25 de abril de 2017, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Retribuciones, acordó liquidar, con un grado de cumplimiento del 93,20% el Bono Estratégico 2014-2016, aprobado por acuerdo de la Junta General de Accionistas celebrada el día 28 de marzo de 2014 y
regulado por el Reglamento del Bono Estratégico 2014-2016 para consejeros ejecutivos de Iberdrola.

En su virtud, durante el primer semestre de 2017 se ha realizado la primera de las tres liquidaciones anuales. El presidente y consejero delegado ha recibido 510.596 acciones de Iberdrola. Francisco Martínez Córcoles ha percibido 120.931 acciones, corresponden al desempeño anterior a su nombramiento como consejero-director general de los negocios.

De cara a la estrategia de 2017- 2019, este bonus dirigido a los 300 directivos de Iberdrola tiene un montante total de 14 millones de acciones, equivalentes al 0,22% del capital social en el momento de la adopción de este acuerdo, correspondiendo al conjunto de los consejeros ejecutivos que lo sean en cada momento un máximo de 2.500.000 de acciones. La liquidación de dicho Bono Estratégico está en función del grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el mismo, y se realizará en los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Para el ejercicio de 2017, el consejo de administración ha acordado congelar la retribución fija del presidente (2,25 millones de euros) y el variable hasta un máximo de 3,25 millones de euros.

Las cláusulas de indemnización de los consejeros de Iberdrola

Una vez cesado como consejero, Iberdrola pagará una indemnización, sujeta a la obligación del consejero, durante el plazo restante de su mandato (con un máximo de dos años), de «no desempeñar cargos en órganos de administración de empresas del sector energético o de otras empresas competidoras y de no participar, en cualquier otra forma, en su gestión o asesoramiento».

El importe de la indemnización será igual al 90% de la cantidad fija que habría percibido el consejero por el plazo restante de su mandato (considerando que se mantiene la cantidad fija anual que percibiera en el momento del cese), con un máximo igual al doble del 90% de dicha cantidad fija anual.

Desde finales de los 90, los consejeros ejecutivos, así como un colectivo de directivos, tienen derecho a recibir una indemnización para el caso de extinción de su relación con la Sociedad, siempre que la terminación de la relación no sea consecuencia de un incumplimiento imputable a éste ni se deba exclusivamente a su voluntad. En el caso del presidente y consejero delegado, en la actualidad les corresponden tres anualidades. Desde 2011, para los nuevos contratos con consejeros ejecutivos el límite de la indemnización es de dos anualidades. Dicho límite le es aplicable al consejero-director general de los negocios.

Asimismo, los contratos de los consejeros ejecutivos establecen en todo caso una obligación de no concurrencia en relación con empresas y actividades de análoga naturaleza durante la vigencia de su relación con la Sociedad y por un periodo de tiempo posterior de entre uno o dos años. En compensación a estos compromisos les corresponde una indemnización equivalente a la retribución de dichos periodos.

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