El decreto migratorio de Donald Trump que prohíbe el ingreso al país a procedentes de 6 países principalmente musulmanes ―Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen―, ha entrado en vigor este viernes.
El veto migratorio, una de las promesas de campaña de Donald Trump, entró este jueves en vigor a las 20.00 hora local de Washington (00.00 GMT) y afecta también a los refugiados y musulmanes que no tengan una relación «formal» con empresas e instituciones educativas de EE.UU., según informaron en una conferencia telefónica funcionarios, que pidieron el anonimato.
«Vivimos en un tiempo muy peligroso y el Gobierno de Estados Unidos necesita todas las herramientas a su disposición para evitar que los terroristas entren en el país y desaten la violencia», dijo uno de los empleados públicos durante la llamada.
Asimismo, entró en vigor la prohibición de entrada al país para los refugiados durante 120 días.
El decreto establece que un pariente cercano de un ciudadano de EE.UU. procedente de esos países como un padre, un cónyuge, un hijo o hija o un hermano, puede obtener un visado para entrar al país. Sin embargo, los parientes definidos como no cercanos de los ciudadanos estadounidenses ―abuelos, nietos, tíos, sobrinos, primos, cuñados y novios― y procedentes de las seis naciones citadas, no pueden ingresar temporalmente al país.
Suspende por 90 días la entrada en EE.UU. a ciudadanos procedentes de seis países de mayoría musulmana
El llamado veto migratorio suspende por 90 días la entrada en EE.UU. a ciudadanos procedentes de seis países de mayoría musulmana: Irán, Libia, Siria, Yemen, Somalia y Sudán. La iniciativa inicial incluía también a Irak, que posteriormente fue excluido de los países vetados.
El 25 de mayo una corte de apelaciones negó su rehabilitación alegando que contiene «intolerancia religiosa, animosidad y discriminación». El 26 de junio, la Corte Suprema de EE.UU. levantó parcialmente la orden contra el decreto migratorio. Esto significa que la orden ejecutiva no puede ser aplicada contra ciudadanos extranjeros que tienen «una relación de buena fe con una persona o entidad en EE.UU.», mientras que todos los demás extranjeros «están sujetos a las disposiciones [de la orden ejecutiva]».
Pese a que la Administración Trump afirma que el veto es necesario para impedir que los terroristas entren al país, defensores de inmigrantes se han opuesto fuertemente al mismo.
La implementación es posible gracias al Tribunal Supremo, que el pasado lunes permitió la entrada en vigor de algunas partes del veto, destinado a prohibir durante 120 días la entrada de refugiados y, durante 90 días, el ingreso de los nacionales de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia).
De manera amplia, el Supremo determinó que Trump puede negar la entrada a Estados Unidos a cualquier persona que no pueda probar que tiene un vínculo «genuino» con el país, es decir, que no tengan familia o que no tengan planes para trabajar o estudiar en el país.
El Tribunal Supremo dejó en manos del Gobierno la definición exacta de esos límites y, por ello, el Departamento de Estado envió ayer por la noche nuevas directrices a las embajadas y consulados de EE.UU. para informarles cómo implementar la orden ejecutiva de Trump.
Esas directrices establecen que los que quieran ingresar en Estados Unidos deberán demostrar una relación con padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que ya estén en territorio estadounidense.
Excluidos de esa categoría de «familiares cercanos» quedan los abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos, que no podrán servir de ancla a sus familiares en el exterior para tramitar su entrada.
Una de las leyes busca intensificar las penas contra los criminales deportados que hayan reingresado al país, mientras que la otra trata de castigar a las conocidas como «ciudades santuario», aquellas que se niegan a colaborar con las autoridades federales para la expulsión de inmigrantes.


