Esta es nuestra hemeroteca de contenidos hasta diciembre de 2023. Para ver las últimas publicaciones, accede a intereconomia.com.

La prescripción para reclamar gastos en las cláusulas abusivas, en la mesa del Supremo esta semana

La decisión del alto tribunal puede dar un golpe más a la banca española, que defiende que la prescripción debe ser a los cinco años de la sentencia de 2015 que declaraba abusivas diversas cláusulas

La decisión del alto tribunal puede dar un golpe más a la banca española, que defiende que la prescripción debe ser a los cinco años de la sentencia de 2015 que declaraba abusivas diversas cláusulas

El Tribunal Supremo estudiará este miércoles el plazo de prescripción para reclamar gastos incluidos en cláusulas abusivas, a raíz de la sentencia dictada el pasado abril por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en respuesta a una cuestión prejudicial.

Según consta en la agenda de señalamientos del alto tribunal, está previsto que el pleno de la sala de lo Civil celebre ese día la votación y el fallo de un caso relacionado con la cláusula de gastos y la consiguiente prescripción de la reclamación procedente de Barcelona.

Esta decisión se conocerá dos meses después de que el TJUE fallara acerca de un pago efectuado por un prestatario en virtud de cláusulas consideradas abusivas o ilícitas de un contrato de crédito al consumo.

El tribunal europeo entendió que, si el plazo de prescripción empieza a contar desde el momento en el que el prestatario realiza un pago, ello puede implicar que se produzca la prescripción «incluso antes» de que finalice el contrato.

Y este criterio puede «privar sistemáticamente a los consumidores» de la posibilidad de reclamar la restitución de los pagos realizados en virtud de cláusulas que posteriormente se consideren abusivas.

A efectos de hacer valer sus derechos, proseguía la sentencia, un consumidor no puede verse obligado a demostrar el «carácter doloso» de la conducta de la entidad financiera, porque de lo contrario quedaría indefenso.

La decisión del Supremo

Ahora, el Supremo debe decidir cuándo comienza el plazo de prescripción, si a los cinco años de la sentencia de 2015 que declaraba abusivas diversas cláusulas, posición que defienden las entidades financieras, o cuando al consumidor se le reconoce mediante sentencia que ha abonado cláusulas abusivas.

La reforma del Código Civil de 2015 redujo el plazo de prescripción de las acciones personales de 15 a 5 años, estableciendo que, para los contratos firmados con anterioridad, la fecha de prescripción sería el 7 de octubre de 2020.

Sin embargo, tras la declaración del estado de alarma se acordó suspender los plazos y retrasar la prescripción hasta diciembre de 2020.

El magistrado Pedro José Vela Torres será el ponente de la sentencia.

Desde la asociación de consumidores Asufin señalan que hasta que el consumidor no conoce la nulidad de la cláusula de su contrato, cuando se materializa la sentencia, no puede empezar a computar el plazo para exigir la restitución de cantidades, por lo que confían en que el Supremo atienda este criterio.

Noticias relacionadas

Últimas noticias

Newsletter

Toda la actualidad en una Newsletter

Siempre al día con la mejor información económica, junto con las últimas noticias y evento, para que no te pierdas nada.