Santander Vida Seguros y Reaseguros podrá vender pólizas de accidentes a partir de ahora, una vez autorizada la ampliación de su actividad a ese ramo por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
En una orden que publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), el ministerio explica que la entidad cumple con los requisitos previstos en el artículo 7 del Real Decreto 1060/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Asimismo, añade que a esta orden se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación, así como un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.
