¿Te han metido en grupo de WhatsApp sin tu consentimiento? Nadie puede usar nuestro número de teléfono sin permiso según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Una resolución publicada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece que incluir a un usuario en un grupo de WhatsApp sin su consentimiento es una «infracción grave» que vulnera el derecho a la privacidad, puesto que todos los integrantes pueden ver el número de teléfono del resto, un dato de carácter personal protegido por ley.
En este sentido, la AEPD trata en su resolución el caso ocurrido en el Ayuntamiento de Boecillo (Valladolid), donde un concejal creó un grupo de WhatsApp en el que incorporó los números de teléfono de 255 personas, la mayor parte vecinos de ese municipio, «con la finalidad de proporcionar información de acciones o actuaciones de interés vecinal».
Los hechos ocurrieron el 26 de noviembre de 2016, cuando un concejal del citado Ayuntamiento intentaba crear una lista de distribución por medio de WhatsApp con los móviles proporcionados por los vecinos y, «por error», creó un grupo en lugar de una lista, según explica la resolución.
El concejal intentó borrar el grupo en los primeros minutos, pero solo consiguió salirse de él. Finalmente, la persona que quedó como administrador del grupo consiguió disolverlo «a las tres horas de su creación».
Pese a haber eliminado el grupo, uno de los integrantes decidió llevar el caso ante la Agencia de Protección de Datos, que inició una investigación y finalmente en una resolución establece que el Ayuntamiento ha cometido una «infracción grave» de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), aunque finalmente no les impondrá una multa porque el grupo se cerró al poco tiempo de crearse. El demandante incluyó en su escrito de denuncia las capturas de pantalla con comentarios de los participantes del grupo «preguntando el origen y finalidad» del mismo.
«En dichas capturas aparecen los números de teléfono móvil de los participantes que realizan los comentarios mostrados, cuyos perfiles, con la información de carácter personal obrante en los mismos, resultaba accesible a los integrantes del grupo creado», indica la resolución.
No se le ha impuesto sanción económica al Ayuntamiento «al haber quedado acreditado que, tan pronto como este advirtió la situación irregular que se había producido, se adoptaron las medidas necesarias para cerrar el grupo de WhatsApp».


