Las multas de aparcamiento impuestas por el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) del Ayuntamiento de Madrid, dirigido por Manuela Carmena, son ilegales si no van acompañadas de una foto que acredite la sanción. Según una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 17 de Madrid no sirve el testimonio de los trabajadores del servicio de estacionamiento, que no tiene consideración de agentes de autoridad, sino que es necesario pruebas documentales, tal y como recoge El Español.
La empresa alegó en su defensa que la denuncia de la Dirección General de Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid vulneraba su presunción de inocencia. Con esta sentencia, es el Ayuntamiento de Madrid el que tiene que pagar 100 por el procedimiento.
Los miembros del servicio de estacionamiento regulado no tienen la consideración de agentes de la autoridad y sus denuncias deben ir acompañadas de pruebas documentales que ratifiquen la infracción denunciada. Los letrados de la sociedad alegaron entre otras razones que la denuncia cursada por la Dirección General de Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid vulneraba su presunción de inocencia ya que no había prueba documental alguna que acreditara que el coche de su defendido estuviera en la hora y lugar citado por la sanción.
Según explica el juez en la sentencia, «sus denuncias no están dotadas de valor probatorio, por lo que se debe incorporar necesariamente una imagen del vehículo ya sea en fotografía, filmación digital u otros medios tecnológicos que permitan avalar la denuncia formulada» por lo que «la falta de aportación de la imagen exigida legalmente conlleva la inexistencia de prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa».
Es por ello que el juez absuelve a la empresa multada y condena al Ayuntamiento a pagar 100 euros por las costas del procedimiento.
