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¿No te ha devuelto el dinero Hacienda?

Muchas familias españolas hacen frente con dificultades a la cuesta de septiembre, tras un período de gasto elevado durante el verano además del desembolso que supone, si se tienen hijos, la vuelta al cole. La cuesta se hace más difícil si no se cuenta con todos los ingresos esperados, como la devolución dela Renta por parte de Hacienda.
BBVA recuerda que a pesar de la agilidad que existe en las devoluciones, Hacienda tiene seis meses para pagar a partir del fin del plazo legal para presentar la declaración, el pasado 30 de junio. Desde esa fecha tendría que hacer frente a los correspondientes intereses de demora por las cantidades no abonadas. Lo cierto es que la media de espera para los tiempos de cobros está en un mes aproximadamente, aunque no hay cifras oficiales al respecto.

¿Cómo consultar el estado de la devolución?

El primer paso para hacerse una idea de cuándo se va a cobrar la devolución de la Renta 2015 es consultar el estado de la declaración. Para ello, hay que ir al portal de la Renta, donde encontrarás la opción de consulta de devolución. Para acceder, es necesario que tengas a mano el número de referencia, la Clave PIN o del certificado digital. A través de cualquiera de los tres métodos es posible hacerlo.

Existen tres posibles estados en la declaración de la renta: se está tramitando, está siendo comprobada o ha sido tramitada, estimándose conforme la devolución. En este último caso, Hacienda informa de la fecha aproximada en la que se efectuará el ingreso en la cuenta consignada de nuestra devolución.

También es posible que la Agencia Tributaria haya encontrado alguna incidencia en la declaración. Puede tratarse de errores en nombres, apellidos, situación familiar (especialmente si ha cambiado en el último año) o las deducciones familiares a las que se tienen derecho por ascendientes o descendientes con dependencia o minusvalías.
En caso de incidencia, la Agencia Tributaria dispone del sistema Verifica, pensado para aquellos contribuyentes con derecho a devolución que tengan determinadas incidencias que supongan una minoración de la devolución declarada.
Si no se está de acuerdo con la minoración de la declaración propuesta, habrá que aportar la documentación requerida para que se realicen las comprobaciones oportunas, lo que alargaría en el tiempo la devolución.
Un último caso es que todo esté correcto pero, a pesar de ello, Hacienda no te pague. Este supuesto se suele dar si el declarante tiene deudas con la Agencia Tributaria o alguna otra Administración Pública, ya que tiene la potestad de retener y desviar el dinero de la devolución para hacer frente a dichas deudas. Este es el caso de impago de impuestos o de multas de tráfico que se acumulan hasta que llegan al embargo ejecutivo de Hacienda.

De todas formas, recomienda BBVA, conviene ir realizando las consultas de forma periódica para al menos tener una previsión del ingreso de dicho dinero en la cuenta corriente.

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