La sorpresa en la nómina de los trabajadores públicos del Estado

Noticias 24/07/2017

Los empleados públicos cobrarán en la nómina de julio los atrasos en la subida de sueldo del 1%, un 6% más como máximo, tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado el pasado junio.

La medida afecta a todos los empleados públicos, independientemente del puesto que ejerzan, y tiene una retroactividad desde el 1 de enero. De esta forma, en la nómina de julio habrá un nuevo concepto: «Abono atrasos incremento 1 por ciento 2017», un nuevo guiño del Gobierno a sus empleados un año después de la continuidad de Rajoy en el poder.

La orden la firmó el pasado el Ministerio de Hacienda y Función Pública, dirigido por Cristóbal Montoro, y se establece las instrucciones para el pago de estos atrasos. Estos atrasos se incluirán en la nómina de julio -salvo que existan problemas técnicos o formales, en cuyo caso se abonará en la primera nómina posible- consignados como «Abono atrasos incremento 1 por ciento 2017» y con especificación de cada concepto retributivo.

Los Presupuestos de 2017 incluyeron una subida salarial del 1% para los empleados públicos y el Gobierno se ha mostrado dispuesto a negociar una subida mayor para 2018.

Así para el personal que no haya cambiado de destino durante el periodo de 1 de enero a 30 de junio de 2017. Los atrasos correspondientes al incremento del 1 por ciento de las retribuciones se liquidarán de oficio por el ministerio, organismo o entidad en que se encuentre prestando servicio el interesado.

En cuanto al personal que durante el periodo de 1 de enero a 30 de junio de 2017 haya cambiado de destino dentro del sector público estatal, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios. Los atrasos se liquidarán por el centro que abonó las retribuciones, previa petición del interesado, dirigida al órgano de personal.

Los trabajadores públicos pertenecientes al sector público estatal que durante el primer semestre de 2017 hayan pasado a prestar servicios a una Administración Pública distinta. Los atrasos correspondientes al periodo de destino en el ámbito del sector público estatal le serán abonados por el Centro donde prestó los servicios, previa petición del interesado.

Situaciones distintas a las de servicio activo. Respecto al personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada por jubilación o cualquier otra causa, o que hubiera perdido la condición de empleado público, dentro del periodo del 1 de enero al 30 de junio, los atrasos se liquidarán por la habilitación que abonó las retribuciones, previa solicitud del interesado. Si el empleado hubiera fallecido en ese mismo período, la petición se formulará por sus herederos conforme a Derecho Civil.

Si el interesado sólo percibió trienios durante todo o parte del primer semestre de 2017, el pago de atrasos por este concepto corresponderá a la habilitación que los haya abonado.

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