La ONIF, Oficina Nacional Antifraude, aún no ha presentado un solo informe definitivo sobre el registro efectuado en propiedades de Rodrigo Rato, pese a que el juez así lo pidió en agosto.
En un escrito remitido al juez el pasado 4 de noviembre, la defensa exige a la ONIF que entregue el informe definitivo para poder defender a Rato, actualmente en una «situación de indefensión», que pone en evidencia el trabajo de Antifraude, una oficina que no trabaja para ningún órgano judicial, sino para la Fiscalía Anticcorrupción, que se basa en sus informes para iniciar la denuncia.
Asimismo, la defensa solicita que se proceda a la inmediata devolución de la documentación que no se encontraba amparada por el Auto de 16 de abril de 2015 y, en consecuencia, no tiene relación alguna con la causa.
La ONIF aún no ha remitido ningún informe definitivo respecto a los presuntos delitos contra la Hacienda Pública que habría cometido Rato y que dieron lugar al inicio del juicio tras año y medio de instrucción.
El juez instructor emitió una providencia en este sentido año y cuatro meses después de que se haya incoado la presente causa y exigió en agosto de este año a la ONIF la presentación del informe definitivo. Aún tres meses después de esta resolución, la ONIF no ha dado respuesta alguna.
En este sentido, la defensa pidió al juez que diera de plazo hasta este lunes para que la ONIF presentará su informe definitivo, sin perjuicio del resultado de las comisiones rogatorias
«Se está limitando de manera constante y reiterada el derecho a la defensa de mi defendido al no poder conocer la posición
definitiva de una Oficina que lleva trabajando en el presente caso un año y siete meses, durante los cuales, en vez de facilitar las cifras definitivas que, siempre según la versión de esa acusación, habrían sido presuntamente defraudadas, se ha dedicado a aportar siempre nuevos informes que se alejan de su denuncia inicial», ha explicado la defensa en un recurso ante el juez.
La ONIF desobecede al juez en un caso contra Rato
Los letrados de Rato entienden que la ONIF «ha desobedecido ya la petición» del juez de presentar su informe definitivo en numerosas ocasiones y aún no ha dado «explicación razonable al respecto».
Y es que, el 16 de noviembre de 2015, en el que el Juzgado solicitó que: «Dado el tiempo que obra en poder de esa Oficina toda la documentación sobre la que han de elaborarse los informes acordados en estas actuaciones se requiere a la ONIF a fin de que en el improrrogable plazo de quince días se proceda a la terminación y entrega en este Juzgado de los aludidos informes definitivos y relativos a la comisión de los presuntos ilícitos penales que resulten, en su caso, de su examen y con el expreso apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia en caso contrario».
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«La ONIF no ha determinado los hechos que dieron lugar a la incoación de la presente causa«, ha puesto de manifiesto la defensa, quien se hace eco de los distintos informes que ha presentado la ONIF al respecto, sin que ni uno solo sea definitivo. «Lejos de concretar los hechos denunciados, la ONIF ha venido presentado informes que, sin concluir nada al respecto, solo vienen a añadir nueva información a la causa, en esta investigación prospectiva a la que al Rato se le está sometiendo», ha considerado la defensa.
Así, repasando los Informes emitidos por esa Oficina, se alcanza la conclusión de que la misma está evitando el mandato que recibió desde el mes de diciembre de 2015 y que fue recordado en fechas recientes por ese Juzgado.
Ningún informe de la ONIF es definitivo sobre la investigación a Rodrigo Rato
La gravedad del asunto y la indefensión a la que se somete a esta parte ante la negativa de la ONIF de dictar de una vez por todas un informe definitivo respecto de su denuncia inicial es patente. Para enmendar la presente situación y ante la actitud y actuación de la ONIF es necesario que dicho requerimiento se reitere, pero con el correspondiente plazo preclusivo que ofrezca garantías de que, efectivamente, la ONIF cumpla con el requerimiento efectuado. Y es que siete han sido los Informes de Avance emitidos por esa Oficina hasta la fecha de los cuales, únicamente, el primero y el séptimo, tienen relación con su denuncia inicial. El resto de Informes evitan el objeto inicial de su denuncia y tratan de expandir la investigación.
Así, el Informe de Avance 2 tenía como único objeto analizar el cambio de domicilio social de Kradonara, el Informe de Avance 3 trata de añadir un supuesto riesgo fiscal nuevo en relación con la sociedad Naviera del Pilar, S.L. −sociedad que, evidentemente, jamás fue mencionada en esa «denuncia temprana» que ha dado lugar al presente procedimiento−, el Informe de Avance 4 trata de mezclar la sociedad Muinmo, S.L. en la investigación; el Informe de Avance 5 busca incluir en la investigación a la sociedad Cor Comunicación, S.L; y, finalmente, el Informe de Avance 6 que incluye en la causa, contra la propia postura de la Agencia Tributaria y los Tribunales penales, el cobro de conferencias a través de una sociedad profesional.
La conclusión de la defensa a este respecto es clara: los informes Avance presentados por la ONIF ante ese Juzgado lo único que hacen es expandir el objeto del análisis, «sobre la incautación ilícita de documentación e ignorar los verdaderos motivos que alegó en su ‘denuncia temprana’ que, como bien sabe, no le llevan a ningún puerto concreto».
