Si eres autónomo y usuas Whatsapp con tus clientes podrías pagar una multa de hasta 300.000 euros

Noticias 10/04/2018

Los autónomos que se comuniquen con sus clientes a través de WhatsApp corren el riesgo de tener que pagar una multa de hasta 300.000 euros.

El el precedente son las multas de 300.000 euros impuestas a WhatsApp y Facebook, por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), acusadas de ceder los datos personales de los usuarios de una compañía a otra.

Es ilegal el trasvase de información sobre clientes desde WhatsApp a Facebook sin comunicárselo de forma clara al usuario y sin darle opción de negarse a ello, según la actual regulación de protección de datos.

En el año 2014, Whatsapp fue adquirida por Facebook y, en agosto de 2016, la primera actualizó los términos de su servicio y la política de privacidad, introduciendo cambios como el hecho de compartir información de los usuarios de Whatsapp con Facebook.

La aceptación de esas nuevas condiciones se impuso como obligatoria para poder hacer uso de la aplicación de mensajería. Esa comunicación de datos personales a Facebook, que no tiene relación con las finalidades determinadas en la recogida de datos original, se realizó «sin ofrecer a los usuarios una información adecuada y sin la opción de mostrar su negativa a las mismas».

Una de las alternativas a la popular aplicación de mensajería instantánea es Telegram. Esta aplicación, representativa sobre todo por su confidencialidad, se erige como una de las principales opciones.

Telegram también permite crear un canal unidireccional en el cual acumular seguidores que pueden convertirse en potenciales clientes.

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