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El Supremo condena a Catalunya Banc a pagar 1,2 millones a Todó y Masana

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de Catalunya Banc sobre el pago al ex presidente Adolf Todó y al ex consejero delegado Jaume Masana de sendas indemnizaciones por despido de 600.000 euros, y ratifica así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El auto del Supremo rechaza un recurso presentado por la entidad financiera en octubre de 2014 contra una sentencia del tribunal catalán que reiteraba una anterior del Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona, que ya había establecido que debían abonarse dichas indemnizaciones.

En mayo de 2013, el FROB, que dos años antes se había convertido en principal accionista de la entidad financiera, comunicó a Todó y Masana el cese en sus funciones y la extinción de sus contratos de alta dirección y que se procedía al «despido disciplinario» por «incumplimiento grave y culpable de sus funciones».

En concreto, se les acusaba de desarrollar sus cargos en permanente posición crítica, de desgaste y descalificación, y les acusaba también de paralizar la gestión.

Asimismo, en las cartas de despido se les acusaba de haber contratado diversos servicios con la consultora McKinsey por un importe muy superior al del mercado; un estudio que costó más de 375.000 euros y cuyo resultado fue «un borrador preliminar» cuyo contenido no justificaba su precio, según la entidad financiera.

Pero el Supremo, en el auto conocido hoy, califica estos argumentos de «etéreos y poco concretos», ya que en el juicio «no se aportó ninguna prueba que permitiera concluir que el precio era excesivo».

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