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El Supremo trata de parar a Manos Limpias con una fianza histórica

El Supremo ha impuesto una fianza histórica a Manos Limpias. El sindicato tendrá que hacer frente a 20.000 euros, cinco veces más de lo habitual, para poder acusar a un juez del TSCJ.

Por norma general, el Supremo obliga al pago de entre 3.000 y 4.000 euros para poder presentar una acusación particular, pero el Alto Tribunal dice ahora que Manos Limpias está realizando un uso «espurio» de la acción popular, es decir, ilegítimo, por lo que obliga al sindicato a depositar el dinero en metálico en tres días antes de estudiar si admite una querella contra el juez del TSJC que investigó la causa contra Artur Mas.

El alto tribunal impone la fianza antes de estudiar si admite a trámite la querella de Manos Limpias contra el magistrado que instruyó la causa contra Artur Mas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Las fianzas habituales en el Supremo para ejercer la acción popular en un determinado caso suelen rondar los 3.000 o 4.000 euros, lo que convierte la cantidad impuesta al grupo de abogados integrados en Manos Limpias en una cifra récord en el alto tribunal.

Ello constituye un significativo precedente para sus actuaciones en otros tribunales, según han interpretado fuentes cercanas al caso.

El auto del Supremo responde a la querella de Manos Limpias contra el magistrado Joan Manel Abril Campoy, por un supuesto delito de prevaricación judicial cometido como instructor de la causa contra Artur Mas y otros por la consulta soberanista del 9-N.

La respuesta del Supremo es que, con carácter previo a decidir si se admite a trámite o no la querella, deposite «en metálico» la citada cantidad «para el ejercicio de la acción popular que se pretende» en el plazo de tres días desde la notificación de esta resolución.

El auto del Supremo destaca que esa fianza es «proporcionada» ante el hecho notorio de que «algunos miembros del Sindicato Manos Limpias- entre ellos su Secretario General- están siendo investigados por delitos graves, entre otros, el de extorsión y el de pertenencia a organización criminal, los cuales habrían sido cometidos, precisamente, en relación a la actuación como acusación popular de la citada entidad en procesos penales».

«Este contexto pondría de manifiesto, al menos indiciariamente, un ejercicio espurio de la acción popular«, dice también. Manos Limpias podría estar usando la institución de la acción popular «como instrumento para alterar su propia configuración» y por eso «la cuantía fijada en concepto de fianza está (…) a la altura de las responsabilidades» requeridas por el sindicato.

El auto recuerda que la acción popular lleva consigo la prestación de una fianza, que deberá ser proporcionada y equitativa de tal manera que no impida a nadie, en función de su condición económica, el acceso al proceso negándole así su derecho a la tutela judicial efectiva.

La fijación de la fianza no se establece «simbólicamente» sino en relación a la naturaleza de los hechos perseguidos y al innegable interés público que existe para su persecución, respondiendo además a las exigencias de moderación y de facilitación de acceso a la jurisdicción que contempla nuestra legislación reguladora de la acción popular, añade.

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