Demandas contra Endesa e Iberdrola por facturar en exceso la tarifa 3.0A

Empresas 29/11/2016

Las comercializadoras de Endesa e Iberdrola tendrán ahora que devolver a decenas de hogares el exceso de dinero cobrado de más en facturas de clientes acogidos a la tarifa 3.0A. 
La Dirección General de la Energía de la Generalitat de Cataluña obliga a Endesa e Iberdrola a realizar estos pagos, mientras que la Comisión Nacional de la Energía no ve problema alguno y da la razón a las eléctricas.
Los demandantes contra las comercializadoras de Endesa e Iberdrola tenían en común la potencia contratada de la factura de la luz, la tarifa 3.0A, diseñada para pymes, pero que también se ofreció a diversos consumidores particulares. Esta tarifa permite un consumo superior a los 15KW, pero por ley, establece una serie de condiciones a la hora de facturar. Entre ellas, que si la potencia consumida es inferior al 85% del total contratado, la eléctrica solo puede cobrar como máximo un 85%.
No obtante, tanto Endesa como Iberdrola llegaban a facturar el 100% de la potencia, y no el 85% estipulado, pese a que en todos los casos se consumió menos de ese porcentaje. Según recoge Infolibre, hay al menos ocho resoluciones a este respecto. Las eléctricas se saltaron la ley y aplicaron un 100% en la factura eléctrica, pese a que los medidores habían registrado lecturas inferiores al 85%.
La mayoría de estas resoluciones aprobadas por la Dirección General de la Energía de la Generalitat son contra Endesa, mientras que Iberdrola tiene una. Todas ellas apuntan que las dos eléctricas cobraron de más obligando a los usuarios a abonar todo el importe, así como los impuestos y el IVA, por lo que se encarecía la factura eléctrica.
La Comisión Nacional de la Energía dejó claro tras la denuncia de la Generalitat que «en cualquier caso, en las relaciones entre el consumidor y el comercializador u otro sujeto cualificado se estará a lo que acuerden las partes, sin perjuicio de que las tarifas de acceso a las redes sean reguladas».
Esta tarifa, al ser más alta que las habituales, tiene una serie de condiciones para quien las contrata. En caso de consumir más de lo estipulado, tendrán que abonar la diferencia, mientras que en el caso de un consumo inferior la factura tendría que rebajarse. De esta forma, se paga en función de la potencia contratada y de la consumida, siendo el maxímetro el medidor. Las resoluciones están fechadas en 2016 y una en 2012. Todas estos clientes acudieron a la consultora SimCero para abordar la demanda.
No osbtante, hay más casos, entre 20 y 30 son las resoluciones contra Endesa por cobrar de forma ilegal a quienes han contratado la tarifa 3.0A, siendo todos los casos en Cataluña.

La CNE se pone de parte de Endesa

Pese a las resoluciones de la Generalitat, la Comisión Nacional de la Energía, integrada en Competencia, sí avala el criterio seguido por las comercializadoras eléctricas. No obstante, la Generalitat se acoge a la ley de 2001, que establece que se puede aplicar un recargo en caso de que el consumo de potencia eléctrica sea superior al contratado y una rebaja si es menor. En la tarifa en cuestión, solo se puede facturar el 100% si se sobrepasa un consumo de potencia del 85%, pero como máximo el 85%, si este consumo es inferior.
«La facturación del término de potencia correspondiente es un coste regulado, de tal forma que su aplicación, o no aplicación, no depende de lo que puedan acordar las partes contratantes, sino que es de aplicación obligatoria», señala una de las resoluciones de la Generalitat, quien se acoge a sentencias judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que en 2012 permitió a la Administración intervenir cuando hay discrepancias en el mercado libre, por lo que ahora las comercializadoras Endesa e Iberdrola están obligadas a reembolsar el dinero cobrado de más.

Endesa ve esta práctica «ajustada a la normativa vigente»

Endesa «ha adoptado las medidas legales oportunas en defensa de lo que considera una práctica completamente ajustada a la actual normativa vigente», afirma la compañía eléctrica, que ha recurrido la única demanda que no le ha sido favorable. Pese a ello, los clientes han acudido a la vía civil para recuperar su dinero cobrado «en exceso». Endesa ha ganado en los tribunales estos casos, pero tampoco han dado a conocer cuántos procedimientos hay contra la compañía.
Asimismo, Endesa ha llegado a pagar al cliente antes de ir a juicio. Lo hizo en el caso de un cliente en 2012 y pagó en cuanto se le notificó la demanda presentada, por lo que no hubo juicio.

Esta noticia habla de:

Noticias relacionadas