Las claves de la solución de Banco Santander para los minoritarios de la ampliación de Banco Popular

Empresas 14/07/2017

El Banco Santander ha propuesto una solución para los accionistas y bonistas minoritarios de deuda subordinada que acudieron a la ampliación de Banco Popular en junio de 2016.

Los minoritas solo podrán acogerse a esta medida si compraron acciones entre el 26 de mayo de 2016 y el 21 de junio de ese mismo año y aún mantienen la posición. De esta forma, no podrán acogerse a la medida quienes conservan las acciones fuera de Banco Santander, Banco Popular, Banco Pastor o Popular Banca Privada en el momento de la resolución del banco.

El canje, que depende de la exposición a Banco Popular en el período antes descrito, exige además que los clientes tengan una relación comercial similar a la que tenían en el momento de la compra de acciones o deuda subordinada. Estas condiciones aún no se han dado a conocer por parte de la entidad financiera presidida por Ana Botín.

En caso de haber acudido a la ampliación de capital, los accionistas minoritatios solo recibirán el importe abonado durante la operación, dejando fuera de la misma las acciones que se hayan comprado antes y después del período entre el 26 de mayo y el 21 de junio del pasado año. De esta forma, se recibirán la totalidad de los primeros 100.000 euros, el 75% en los 100.001 y los 500.000 euros y el 50% si la cantidad se encuentra entre los 500.001 y el millón. Más allá del millón de euros, como es el caso de inversores institucionales, no percibirán un euro.

En el caso de haber acudido con 1,1 millones de euros, los primeros 100.000 euros le serían restituidos íntegramente, el 75% , el 75% de los siguientes 400.000 euros y el 50% de los siguientes 500.000 euros. Por los 100.000 euros que sobrepasan el millón no se percibe nada. En caso de ser bonista, se abonará exactamente el mismo importe, pero se le restarán los intereses obtenidos durante el período correspondiente, es decir, entre un 8% y un 8,25%.

La compensación se dará en obligaciones perpetuas contingentemente amortizables, cuyo valor nominal es de 100 euros. De esta forma, un inversor que haya invertido 100.000 euros recibirá 1.000 títulos de este tipo de deuda. Motivo por el que el Santander emitirá los 980 millones de euros. Este activo podrá venderse en los mercados de deuda, mientras que si se mantienen se recibirá un cupón del 1% pagadero cada trimestre vencido durante los primeros siete años. A partir de ahí, el Banco Santander podría amortizarlos, mientras que si los mantiene en el mercado incrementará el cupón fijándose en el swap de la operación.

Si Banco Santander optara por amortizarlos, la operación incluirá todos los bonos, ya que, según ha comunicado se haría de forma total y no parcial. Para ello, el banco cántabro tendrá que contar con el visto bueno del Banco Central Europeo (BCE).

En caso de mantener en su poder la deuda, el Banco Santander pagará el 100% del importe, un dinero al que hay que sumar los intereses obtenidos durante esos al menos 7 años.

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